Una de las situaciones más frecuentes en un
país exportador como México es la necesidad de emitir un comprobante fiscal
digital (CFDI) a personas o entidades que se encuentran en el extranjero.
Por otro lado también se requiere con suma
frecuencia emitir lo que se conoce como "Factura al público en
general" es decir aquella factura que ampara una o más operaciones
efectuadas con público en general.
Dado que de acuerdo a los requerimientos
establecidos por el SAT todo comprobante fiscal debe de incluir el RFC del
contribuyente inmediatamente surge la pregunta ¿Que RFC debo colocar al emitir
mi comprobante fiscal digital ante estas dos situaciones?
El SAT establece en su sección de preguntas frecuentes lo siguiente:
El SAT establece en su sección de preguntas frecuentes lo siguiente:
Caso 1:
“Cuando en los Facturas Electrónicas se
efectúen operaciones con clientes extranjeros se consignará el RFC genérico:
XEXX010101000” .
Caso 2:
“Para aquellos Facturas Electrónicas globales
que amparen una o más operaciones efectuadas con público en general, y en el
mismo se consignará el RFC genérico XAXX010101000” es decir aquellas personas
que no están inscritas ante el SAT y por lo tanto no cuentan con un RFC con
homoclave.
Fuente
SAT: